El BOE de 28 de noviembre de 2014, publica las tres leyes aprobadas por el Pleno del Congreso de los Diputados, en sesión del pasado 20 de noviembre, que conforman lo que se ha dado en llamar la reforma fiscal.
Las modificaciones introducidas en la regulación del Impuesto sobre Sociedades, son las comentadas en boletín informativo 01/2014.
En cuanto al IRPF es recomendable un detenido estudio de los cambios que sufrirá la tributación de determinadas rentas y variaciones patrimoniales, para determinar, en su caso, las medidas que deberán adoptarse antes del 1 de enero de 2015.
En función de las circunstancias personales, adelantar o diferir la realización de ciertas operaciones, puede conllevar una reducción significativa de la carga fiscal que se habrá de soportar.
Las cuestiones que merecen mayor atención son las referentes al tratamiento de las plusvalías por transmisión de elementos patrimoniales adquiridos antes de 1 de enero de 1995, para las que se eliminarán los coeficientes de abatimiento, salvo para los primeros 400.000 € de ingreso, así como, en particular, las inmobiliarias, para cuya cuantificación se suprime, además, la corrección monetaria.
Otro elemento a considerar sobre estas operaciones (transmisiones patrimoniales) es el nuevo supuesto de exención que se introduce para las ganancias patrimoniales obtenidas por mayores de 65 años, supeditado a la reinversión del ingreso en la contratación de una renta vitalicia.
Cabe igualmente destacar, la modificación que se operará en el tratamiento de la distribución de primas de emisión y las reducciones de capital con devolución de aportaciones, que pude hacer aconsejable adelantar a 2014 las operaciones de esta naturaleza que se prevea realizar en 2015.
En el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) la principal novedad radica en la reducción de tipos, en términos similares a los previstos para el IRPF.