Novedades del mes de enero de 2015

La actividad legislativa en el mes de enero, tras la vorágine que supuso la aprobación de la reforma fiscal a finales del pasado año, ha sido ciertamente pobre en el ámbito tributario y mercantil.

Lo más relevante es la aprobación de la Instrucción 4/2014, referida a la gestión de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias.

Con el fin de evitar la utilización de estos instrumentos como mecanismo de financiación recurrente de las empresas (a la vista de los tipos que cobra la Administración, significativamente inferiores a los que paga para financiarse, no veo el inconveniente de esta práctica) y uniformizar los criterios de concesión entre las distintas delegaciones, se fijan criterios para su aprobación o denegación, así como los plazos máximos a conceder, atendiendo a las características del deudor y las garantías ofrecidas.

En materia de doctrina administrativa, una de cal y otra de arena. Por una parte (la de cal) se reconoce el derecho a computar deducciones no acreditadas en ejercicios anteriores, en uno posterior, aun cuando el de origen se encuentre prescrito, siempre que no haya caducado el plazo legal máximo para ejercitar el derecho a la deducción (CV 2400/2014).

Por otra (la de arena) la interpretación que se hace del necesario encaje entre la fecha de devengo del Impuesto sobre Sucesiones y el ejercicio fiscal en el IRPF para determinar si se cumplen los requisitos para gozar de los beneficios fiscales establecidos para empresas familiares (CV1904/2014) en contra de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

En este boletín, se hace breve comentario de las novedades más significativas, en cuanto a normativa, jurisprudencia y doctrina administrativa, publicadas en el mes de enero de 2015.

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